El Defensor del Pueblo de Navarra actúa, a petición de cualquier persona –física o jurídica– que le presente una queja, o bien a iniciativa propia, en asuntos en los cuales la actuación de las Administraciones públicas haya podido producir una vulneración de los derechos de las personas; es decir, cuando crea que las Administraciones Públicas navarras han podido incurrir en algún abuso, arbitrariedad, discriminación, error o negligencia.
El Defensor del Pueblo de Navarra puede intervenir, por tanto, en casos de:
Retrasos indebidos en la actuación administrativa.
Errores o arbitrariedades en la aplicación de las normas legales o cuando las normas no se apliquen como es debido.
Trato indebido a los ciudadanos.
Negativa a facilitar la información que los ciudadanos pueden solicitar.
No ejecución de las propias resoluciones adoptadas.
Insuficiente motivación de las resoluciones anteriores (incluyendo los casos de silencio administrativo ante las peticiones de los ciudadanos).