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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (O22/5) por la que se recomienda al Ayuntamiento de Tudela que, bien sea en el marco del ordenamiento jurídico actual o del que pudiera existir tras la aprobación y entrada en vigor de la nueva Ordenanza municipal de protección del medio ambiente urbano contra la emisión de ruidos y vibraciones, adopte las medidas pertinentes para garantizar de un modo efectivo los derechos constitucionales de los vecinos y vecinas del casco antiguo de Tudela, estudiando, en particular, las medidas solicitadas por los vecinos afectados.

24 mayo 2022

Energía y Medio ambiente

Tema: El ruido soportado por los vecinos del casco antiguo de Tudela

Alcalde de Tudela

Señor Alcalde:

El 7 de abril de 2022 recibí la respuesta del Ayuntamiento de Tudela al expediente O22/5.

Debido a su vinculación material con el expediente Q22/340, esta institución considera extensible al expediente O22/5 la siguiente recomendación que se ha realizado en el expediente Q22/340:

b) Recomendar al Ayuntamiento de Tudela que, bien sea en el marco del ordenamiento jurídico actual o del que pudiera existir tras la aprobación y entrada en vigor de la nueva Ordenanza municipal de protección del medio ambiente urbano contra la emisión de ruidos y vibraciones, adopte las medidas pertinentes para garantizar de un modo efectivo los derechos constitucionales de los vecinos y vecinas del casco antiguo de Tudela, estudiando, en particular, las medidas solicitadas por los vecinos afectados”.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Tudela informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta recomendación, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la recomendación podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2022 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta a dicha recomendación, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Patxi Vera Donazar

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