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Cultura
Tema: El cierre de la biblioteca municipal de Corella durante las fiestas de Navidad.
Consejera de Cultura, Deporte y Turismo
Señora Consejera:
1. El 22 de diciembre de 2025 esta institución recibió un escrito de la señora doña (…), mediante el que formulaba una queja por el cierre de la biblioteca municipal de Corella durante las fiestas de Navidad.
2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Ayuntamiento de Corella y al Departamento de Cultura, Deporte y Turismo, solicitando que informaran sobre la cuestión suscitada.
El 19 de enero de 2026 se recibió el informe remitido por el Departamento de Cultura, Deporte y Turismo.
El 30 de enero de 2026 se recibió el informe remitido por el Ayuntamiento de Corella.
Ambos informes se incorporaron al expediente.
3. El objeto de la presente queja es el cierre de la biblioteca municipal de Corella desde el 22 de diciembre de 2025 hasta el 7 de enero de 2026.
Según se colige de la información remitida por las Administraciones, dicho cierre vino motivado por el hecho de que la biblioteca únicamente cuenta con una empleada, por lo que, al solicitar ésta legítimamente disfrutar de unas vacaciones durante las fiestas de Navidad, aquélla se habría quedado sin personal que pudiera garantizar la prestación de su servicio.
La biblioteca municipal de Corella forma parte de la Red de Bibliotecas del Gobierno de Navarra, por lo que, tal y como viene a reconocer el Departamento de Cultura, Deporte y Turismo en su informe, corresponde a éste adoptar las medidas vinculadas a la dotación de personal de aquélla.
Establecida esta premisa, esta institución no considera admisible que un servicio público como una biblioteca pueda verse interrumpido durante más de dos semanas por el mero hecho de que la persona adscrita a aquélla disfrute legítimamente de su derecho a unas vacaciones, pues ello no constituye siquiera una causa sobrevenida imprevisible, pues es de todos conocidos que, con independencia de si tiene un vínculo estatutario, administrativo o laboral, todo empleado tiene derecho a disfrutar de las vacaciones legal o reglamentariamente previstas.
Por ello, esta institución ve pertinente recomendar al Departamento de Cultura, Deporte y Turismo que, ante situaciones como la acaecida durante las pasadas fiestas de Navidad, promueva y adopte las medidas necesarias para garantizar la continuidad de la prestación del servicio de la biblioteca municipal de Corella.
4. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:
Recomendar al Departamento de Cultura, Deporte y Turismo que, ante situaciones como la acaecida durante las pasadas fiestas de Navidad, promueva y adopte las medidas necesarias para garantizar la continuidad de la prestación del servicio de la biblioteca municipal de Corella.
De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Cultura, Deporte y Turismo informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.
De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.
A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Patxi Vera Donazar
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