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Mediante la Resolución 38/25, de 31 de octubre, del Defensor del Pueblo de Navarra, se inició el procedimiento para la contratación de los citados servicios, invitando a participar en el mismo a cinco empresas.
Vistas las ofertas presentadas, el informe del Secretario General, del Asesor Técnico y del Técnico de gestión, de 20 de noviembre de 2025, en el que se formula propuesta de adjudicación, así como el informe de la Intervención y teniendo en cuenta la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos,
RESUELVO:
Primero. Adjudicar la contratación de los servicios de diseño, programación, implementación y mantenimiento de una herramienta informática destinada a la gestión y registro de los expedientes de la institución del Defensor del Pueblo de Navarra a Anasinf, Sdad. Cooperativa, cuyo NIF es [...], de conformidad con el pliego de condiciones reguladoras de la contratación, así como con la oferta presentada, por un importe de 33.485 euros anuales, IVA excluido.
De conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, salvo manifestación expresa de todas las personas interesadas en el procedimiento señalando la renuncia a presentar una reclamación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, la eficacia de la presente adjudicación queda suspendida por un plazo de diez días naturales.
Segundo. Requerir al adjudicatario que, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, comparezca a la formalización del contrato en el plazo de cinco días naturales contados desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación.
Tercero. Comprometer créditos por importe de 37.510 euros, IVA incluido, con cargo a la partida 6090, denominada “Aplicaciones informáticas”, del presupuesto vigente de gastos, por la adjudicación de los servicios de diseño, programación e implementación de la herramienta informática.
Cuarto. Los gastos derivados de la adjudicación del servicio de mantenimiento de la herramienta informática se aplicarán al ejercicio 2027, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 2160, denominada “Reparación, mantenimiento y conservación de Equipos para procesos de información”, del presupuesto de gastos del ejercicio del año 2027.
Quinto. Trasladar la presente Resolución al Interventor y a las entidades que han presentado oferta.
Sexto. Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo de Navarra en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución. Podrá interponerse también la reclamación especial en materia de contratación pública ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público.
Pamplona, 26 de noviembre de 2025.
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