21 febrero 2018
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q18/36) por la que se recomienda al Ayuntamiento de Irurtzun que instruya y concluya el procedimiento iniciado en razón de la denuncia presentada por la autora de la queja, en el sentido que proceda, conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normativa aplicable.Tema: La falta de contestación del Ayuntamiento de Irurtzun a una petición de información urbanística, referida a la realización de unas obras por parte de un vecino.