02 febrero 2018
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q17/817) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Burlada-Burlata el deber de cumplir con el artículo 15 de su Ordenanza municipal reguladora del uso y fomento del euskera y, por ello, el deber de reservar, en los concursos de méritos, un 5% del total de puntos de la convocatoria a la valoración del euskera, de tal modo que, por los méritos restantes, no pueda totalizarse más de un 95% (10% y 90% para el caso de puestos de relación directa con la ciudadanía).Tema: Desacuerdo con la escasa valoración del euskera en una convocatoria del Ayuntamiento de Burlada-Burlata para la provisión de un puesto de trabajo de jefatura de obras y servicios.