19 diciembre 2013
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (13/738/D) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Lekunberri su deber legal de contestar expresamente, en tiempo y forma, todas las solicitudes y peticiones que los ciudadanos le formulen, entre ellas las solicitudes presentadas por el autor de la queja, con el fin de dar cumplimiento al derecho de este a obtener una respuesta escrita de la Administración. Asimismo se le recomienda que responda por escrito a la solicitud cursada el 4 de enero de 2013 por el autor de la queja.Tema: Falta de contestación a solicitud de información sobre reurbanziación de vial.