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¿En qué puede intervenir?

El Defensor del Pueblo de Navarra actúa, a petición de cualquier persona –física o jurídica– que le presente una queja, o bien a iniciativa propia, en asuntos en los cuales la actuación de las Administraciones públicas haya podido producir una vulneración de los derechos de las personas; es decir, cuando crea que las Administraciones Públicas navarras han podido incurrir en algún abuso, arbitrariedad, discriminación, error o negligencia.

El Defensor del Pueblo de Navarra puede intervenir, por tanto, en casos de:

  • Retrasos indebidos en la actuación administrativa.

  • Errores o arbitrariedades en la aplicación de las normas legales o cuando las normas no se apliquen como es debido.

  • Trato indebido a los ciudadanos.

  • Negativa a facilitar la información que los ciudadanos pueden solicitar.

  • No ejecución de las propias resoluciones adoptadas.

  • Insuficiente motivación de las resoluciones anteriores (incluyendo los casos de silencio administrativo ante las peticiones de los ciudadanos).

  • Y, en general, ante aquellas actuaciones que impidan o deterioren el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales.