01 febrero 2017
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q16/703) por la que se recuerda al Departamento de Educación el deber legal de entregar a la autora de la queja la documentación solicitada a la APYMA Vázquez de Mella-Bayonne. Asimismo se le recomienda que investigue la situación denunciada en el escrito de queja, en relación con el cobro del servicio de comedor a los alumnos “trasladados” que no usan puntualmente el servicio de comedor avisando previamente, y determine si la misma resulta legal, ya que, a priori, parece producirse una desigualdad no permitida por el ordenamiento jurídico. Finalmente se le sugiere que vele por que la APYMA del C.P. Vázquez de Mella-Bayonne devuelva las cantidades adelantadas por el pago del servicio de comedor en el mes de junio, a aquellas familias que no utilicen dicho servicio en el referido mes.Tema: Disconformidad con cuantía exigida por el servicio de comedor escolar.