19 mayo 2015
Resolución del Defensor del pueblo de Navarra (Q15/120/S) por la que se recomienda Recomendar al Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo que notifique a la interesada la anulación de la providencia de apremio dictada en relación con el reintegro de la beca de que trae causa la queja, y que resuelva a la mayor brevedad acerca de su solicitud de fraccionamiento. Asimismo se recomienda al Departamento de Educación que con ocasión de los expedientes de reintegro de becas que tramite, informe por escrito y de forma completa a los interesados de la posibilidad de solicitar aplazamientos o fraccionamientos, también en periodo voluntario de recaudación, y de los requisitos, trámites, etcétera, aplicables a los mismos. Igualmente, a ambos departamentos se les sugiere que promuevan una norma que contemple la no exigencia de intereses o garantías en los casos que, exigido el reintegro de una beca, se solicita un aplazamiento o fraccionamiento por causa de necesidad económica acreditada.Tema: Disconformidad con devolución de beca.