17 septiembre 2013
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (13/518/S) por la que se recuerda al Departamento de Salud, con carácter general, el deber legal por parte de los servicios y oficinas de atención al paciente de observar en todo momento un trato deferente a los pacientes y usuarios de los servicios sanitarios que acudan a dichas oficinas. Asimismo se le sugiere que, mientras esté médicamente indicada una revisión anual de la patología que padece la autora de la queja, se garantice a la misma una revisión anual oftalmológica.Tema: Retrasos en citación para revisión médica.