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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q25/235) por la que sugiere al Departamento de Salud que continúe realizando un seguimiento de la situación sanitaria de la Residencia Javier, adoptando las medidas que sean precisas para erradicar el brote de escabiosis, lo antes posible.

2025 apirila 02

Osasuna

Gaia: La gestión de un brote de escabiosis (sarna) en un centro residencial para mujeres con discapacidad intelectual.

Consejero de Salud

Señor Consejero:

1. El 24 de febrero de 2025 esta institución recibió un escrito de la señora doña (…), mediante el que formulaba una queja por la inadecuada gestión de un brote de escabiosis en la Residencia Javier.

En dicho escrito, exponía que:

“Me dirijo a esta institución para transmitir la situación en la que se encuentra la Residencia Javier de la Congregación de Esclavas de la Virgen Dolorosa, para mujeres con discapacidad intelectual, situada en pueblo navarro de Elcano. Soy familiar directo de una usuaria de esta residencia.

A continuación, describo los hechos que han afectado a mi familiar y al resto de usuarias y trabajadoras:

- Desde el mes de octubre del 2024, mi familiar ha presentado lesiones de rascado por todo el cuerpo, desde la residencia se han tratado como lesiones de dermatitis, a la residente se le aplica cremas con corticoides y se le da Polaramine por vía oral por los picores que presenta, con mal resultado.

- En noviembre se le deriva dermatología donde consideran que son lesiones compatibles con escabiosis(sarna) de ahí el picor, cosa que en la residencia no se había tenido en cuenta aun teniendo ya casos. Se le administra tratamiento, sin llegar a desaparecer las lesiones.

- En diciembre ante la situación de aumento de lesiones de rascado otra vez, se le vuelve a aplicar otro tratamiento por vía oral y por piel. Supuestamente y según la residencia es segura sacarla en Navidades a casa, por lo que sale. Aunque sigue teniendo lesiones, pero se supone que son lesiones de dermatitis y que con crema desaparecerán. Durante su estancia en casa, se le ducha y se mantiene un contacto normal con ella, ya que no se ha indicado lo contrario.

- En enero a la vuelta al centro y al seguir presentando lesiones de rascado y picor, y haber una compañera suya diagnosticada ya de escabiosis, se decide volver a poner otra vez el tratamiento (por tercera vez) y se vuelve a derivar a de dermatología por interconsulta no presencial. Durante este tiempo, mi padre que ha sido la persona que más ha convivido con ella durante su estancia en casa en Navidades, comienza con síntomas y es diagnosticado y puesto en tratamiento, sufriendo de grandes picores que afectan a su vida diaria.

- Ante esta situación y el mal manejo de esta, me pongo en contacto con [..], enfermera y [..], directora del centro, y les pregunto cómo lo están gestionando, me responden que solo tratan a la gente con clínica que es lo que ha indica do el médico de familia el Doctor [..]. Les argumento que no están teniendo una actuación a adecuada, ya que epidemiología indica que hay que tratar a los contactos estrechos y a los convivientes. Y también les digo que tiene un brote de escabiosis, ya que hay dos chicas contagiadas a la vez. No se cambia la forma de actuar y mi familiar sigue con las lesiones, que se sobre infectan, dejándole marcas en por toda la piel.

- A mediados de febrero nos enteramos, para sorpresa nuestra, que se han infestado casi todas las residentes y todas las trabajadoras directas. No entiendo como esto no se puede considerar un brote. Llamamos a Salud Pública, para preguntar si se sabe algo de la situación de esta residencia y para mi asombro, no saben nada, nadie ha declarado ningún caso de escabiosis procedente de esta residencia. Nos aseguran que se ponen en contacto con ellos.

- El miércoles 19 de febrero, me vuelven a comunicar que en la unidad de mi familiar hay un caso que dermatología a diagnosticado como escabiosis, así que mi familiar esta contagiado de escabiosis y que le van a poner el tratamiento (cuarta vez) y también comunican que por fin van a tratar a los contactos.

- La situación actual de mi familiar es que tiene la piel totalmente alterada por marcas y lesiones de rascado a consecuencia de una pésima actuación por parte del personal de la residencia ante un brote de sarna.

Desde mi punto de vista y de mi familia, nos parece que estas chicas no están bien protegidas por los responsables de esta residencia. Son chicas super vulnerables, que no se quejan de nada, que no transmiten el malestar que tienen, con la eficacia que lo puede hacer cualquier persona sin discapacidad, algunas de ellas no saben ni hablar.

Pido por favor, a la administración que corresponda que ponga personal cualificado, comprometido y responsable, al cuidado de estas chicas. Por el bien, de mi familiar y de todas”.

2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Departamento de Derechos, Sociales, Economía Social y Empleo y al Departamento de Salud solicitando que informaran sobre la cuestión suscitada.

En el informe del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo se señala lo siguiente:

“La Residencia Javier de Elcano es un centro privado con el que se mantiene una coordinación continuada desde esta sección.

En todos los centros autorizados por el departamento se realizan las correspondientes inspecciones. La última se realizó el 3 de octubre de 2023. En dicha inspección no se detectó ningún incumplimiento de personal ni de cualificación del mismo.

Desde esta sección se ha contactado con el centro para recoger información sobre la situación expuesta en la queja y han informado de lo siguiente:

- “En abril de 2024 se detectó el primer caso de escabiosis en otra residente. Desde ese momento se han ido dando casos de forma intermitente. En todo momento se han seguido las indicaciones de salud pública, así como del centro de salud de Gorraiz a donde pertenecemos. Referente a los trabajadores también se produjo algún contagio y se trató el tema con la mutua y el servicio de prevención.

- Así mismo, hemos puesto en práctica además de las indicaciones sanitarias dadas por los profesionales, todo lo relativo a la limpieza y prevención de nuevos casos.

- Desde el centro de salud se les ha trasladado que es un problema que no es grave pero sí muy engorroso y difícil de erradicar (las infraestructuras de la residencia no ayudan a ello al compartir varios espacios). Lo importante es que no se dé un contagio masivo y que mientras sean casos intermitentes no es grave, que nos hagamos a la idea de que va para largo.

- Adjuntan un informe del seguimiento realizado a la persona usuaria familiar de quien presenta la queja. En el mismo exponen que en todo momento se ha mantenido informada a la familia de todo lo que sucedía con ella y se les ha ofrecido la posibilidad de que fuesen ellos los que llevaran a la persona usuaria al centro de salud para poder hablar con el médico responsable de atención primaria y que incluso, si tenían una diferencia de criterio, la llevaran por su cuenta al propio especialista. Refieren que la familia nunca ha acudido ni al centro de salud ni al dermatólogo”.

Desde este Departamento, podemos informar que este centro cumple con los criterios establecidos en el Decreto Foral que regula el funcionamiento de los servicios residenciales y que trabajan con metodologías de intervención centradas en la persona”.

El Departamento de Salud remite el siguiente informe:

“La escabiosis (sarna) es una infección moderadamente frecuente en nuestro medio, en un contexto de incidencia creciente en España y Europa. El diagnóstico y tratamiento de los casos se hace generalmente en Atención Primaria. Los casos de escabiosis no son de declaración obligatoria a Salud Pública. Casos esporádicos no suponen un problema de salud pública, porque no es una enfermedad grave, solo es contagiosa entre personas que tienen contacto estrecho de piel con piel, y cuenta con un tratamiento curativo eficaz.

En ámbitos colectivos se producen con alguna frecuencia brotes, favorecidos por el mayor contacto físico entre personas, retraso en la sospecha diagnóstica y una mayor dificultad para el diagnóstico de los casos. Los brotes en colectividades deben notificarse al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN), desde donde se proporcionan documentación y recomendaciones sobre las medidas a aplicar y se da apoyo y supervisión de todo el proceso.

El tratamiento suele ser eficaz y curativo y puede hacerse mediante una loción cutánea o mediante pastillas vía oral. No obstante, el procedimiento completo tiene cierta complejidad organizativa. Para un resultado óptimo se requiere:

  • Identificar a los contactos estrechos del caso (personas que han podido tener contacto directo de su piel con las lesiones), y descartar que alguno de ellos presente ya lesiones, lo que le convertiría en caso.
  • Planificar y coordinar las siguientes actividades en un mismo día:
  • Administrar el tratamiento al caso o los casos, de forma correcta y repetirlo a los 7 días (si es loción).
  • Administrar la profilaxis (una sola vez) a todos los contactos estrechos.
  • Lavar toda la ropa que tiene contacto con la piel del caso en un programa a 60 ºC o más.
  • Los objetos de material textil que hayan tenido contacto con las lesiones y que no puedan ser lavados (alfombras, sofás, colchones), tras someterlos a aspirado intenso, se envolverán en plástico o se mantendrán apartados durante al menos 7 días.

En el caso de recaída, se repetirá el mismo procedimiento.

En las personas que tienen necesidades especiales de atención puede ser más difícil la detección y el diagnóstico, la administración del tratamiento, el establecer los contactos y la detección de las posibles recaídas.

Las personas que viven en residencias socio-sanitarias pueden tener contactos estrechos con otros residentes, con trabajadores de la residencia y con su propio entorno familiar, lo que aumenta la complejidad de la actuación. Todos estos motivos hacen que la incidencia de la escabiosis y la probabilidad de recaídas sean mayores en personas que residen en centros socio-sanitarios.

Brote en Residencia Javier en Elcano en febrero de 2025

El día 17 febrero de 2025, la Sección de Enfermedades Transmisibles y Vacunaciones del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra tuvo conocimiento de un caso de escabiosis en la Residencia Javier (residencia para mujeres con discapacidad), sita en la calle del Rosario 2, en Elcano (Navarra), por llamada de la familia de una residente.

Desde ese momento, el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra ha estado en contacto por teléfono y correo electrónico con la Directora y la Enfermera de la residencia.

Por recomendación del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y en conformidad con la Dirección de la Residencia se han realizado las siguientes actuaciones:

  • Valoración clínica de los residentes y trabajadores para la detección de otros posibles casos de escabiosis.
  • Planificación y realización simultánea del tratamiento de los casos detectados.
  •  Establecer qué residentes y trabajadores reunían condiciones para ser considerados contactos estrechos de un caso.
  • Administración de profilaxis a contactos que residen en la Residencia Javier.
  • Indicaciones a los trabajadores que habían sido contactos, para la realización de la profilaxis de forma sincrónica, bajo la supervisión e indicación de la Mutua Asepeyo de Prevención de Riesgos Laborales o de su Centro de Salud.
  • Recomendación de descartar la infección y administrar la profilaxis a los contactos domiciliarios de los casos en sus respectivos Centros de Salud.
  • Lavado a 60 ºC de la ropa de cama, toallas y ropa de los casos.
  • Aspirado intenso de los objetos textiles y tapizados que hayan tenido contacto con las lesiones y que no puedan ser lavados (alfombras, sofás, colchones). Después se envolvieron en plástico o se mantuvieron apartados durante 7 días.

En la comunicación telefónica y por correo electrónico con la residencia, se recalcó la importancia de coordinar la administración de los tratamientos a casos, profilaxis a contactos y limpieza de manera simultánea, para evitar recaídas. Asimismo, se facilitó por escrito las recomendaciones.

En el estudio de los residentes se detectaron otros 3 casos concurrentes con el primero, con lo que la situación pasó a ser considerada un posible brote y se extendió la intervención para incluir dichos casos y todos sus contactos. La residencia informó que dos de estos casos habían tenido un episodio previo de escabiosis y habían sido tratados. Los nuevos procesos, podían ser recaídas o reinfecciones, y presentaban una afectación más extensa. Los 4 casos pertenecían a la Unidad 1 de funcionamiento interno, aunque el contacto también fue posible con residentes de otras unidades con las que comparten actividades.

El 25 de febrero de 2025, el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra contactó con la Residencia, recabó la relación de 12 trabajadores que habían recibido la profilaxis a través de su mutua (todos los que entraban en la indicación) y resolvió dudas y envió recomendaciones sobre medidas a tomar.

El 26 de febrero de 2025 la Residencia informó de un caso secundario (5º caso) y su compañero de habitación. Este último presentaba lesiones dudosas y se decidió considerarlo también caso y administrarle la pauta de tratamiento. Estos dos nuevos casos pertenecían a la Unidad 4. Desde el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra se explicó de nuevo el procedimiento a seguir. Se acordó indicar la profilaxis a los 17 contactos residentes de la Unidad 4. Con los datos existentes, se descartó la indicación de extender la profilaxis a las otras unidades, lo que supondría más de 50 personas, pero se propuso una vigilancia estrecha para detectar precozmente la posible aparición de nuevos casos.

Se ha mantenido estrecho contacto entre el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y la Residencia para el seguimiento y dar respuesta a dudas e insistir sobre las recomendaciones, especialmente, en la consideración de personas como contactos estrechos de los casos y en la importancia de realizar todas las medidas sincrónicamente tanto en la residencia como en los domicilios de los casos, con el objeto de evitar recaídas.

El 3 de marzo de 2025 se contactó con la Residencia, que comunicó que los tratamientos y profilaxis se habían podido realizar siguiendo las recomendaciones del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y que no se habían producido hasta el momento nuevas incidencias ni se habían detectado nuevos casos.

Conclusiones

La Residencia Javier es un centro residencial para mujeres con discapacidad, en las que es frecuente el contacto físico directo entre residentes y con trabajadores, lo que hace que sea más fácil la transmisión de infecciones como la escabiosis y que el número de posibles contactos estrechos sea muy amplio y difícil de delimitar. La dificultad de comunicación de muchas residentes retrasa la detección de los casos, dificulta el diagnóstico, la delimitación de los contactos y la administración correcta de los tratamientos a los casos y de la profilaxis a los contactos.

Desde el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra se trasladaron las recomendaciones basadas en la evidencia científica y en protocolos nacionales e internacionales para controlar este tipo de brotes. Estos protocolos coinciden en reconocer la complejidad y dificultad de control de los brotes de escabiosis en centros socio-sanitarios.

Las personas responsables de la Residencia Javier en todo momento mostraron alta profesionalidad, buena implicación y diligencia en la aplicación de las medidas indicadas por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra. La comunicación entre la Residencia y el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra sobre la situación e incidencia fue transparente y puntual.

La envergadura y rigor de las medidas realizadas tendrían que ser suficientes para conseguir la remisión del brote de escabiosis en la Residencia Javier. Sin embargo, la complejidad de lo expuesto, no permite descartar alguna posible recaída o nuevo caso, que deberá ser manejado repitiendo el procedimiento descrito.

Las características de este centro y los niveles de prevalencia de la escabiosis en la población no permiten descartar que en un futuro pueda producirse algún nuevo caso de escabiosis en la residencia.

La intervención realizada permitió la detección de un brote de 6 casos (uno probable) en la Residencia Javier, y la aplicación de las medidas correctoras oportunas. Desde el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra se está colaborando con la Residencia en el seguimiento y monitorización de la situación”.

3. Como ha quedado reflejado, la queja se presenta por la gestión de un brote de escabiosis en la Residencia Javier, centro de titularidad privada para mujeres con discapacidad intelectual.

4. Según se indica en el informe remitido por el Departamento de Salud, la escabiosis (sarna) es una infección moderadamente frecuente en nuestro entorno, con una incidencia creciente.

Si bien no es una enfermedad grave, es contagiosa entre personas que tienen contacto estrecho piel con piel, por lo que en ámbitos colectivos se pueden producir brotes. Además del tratamiento mediante loción cutánea o pastillas, debe realizarse una limpieza de la ropa de la persona contagiada y de aquel material textil que haya tenido contacto con las lesiones.

Añade el informe que en personas que tienen necesidades especiales tanto la detección y diagnóstico como la administración de tratamiento puede ser más difícil y que, si bien los casos no son de declaración obligatoria a Salud Pública, los brotes en colectividades sí se deben notificar al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN).

5. La autora de la queja refiere que fue en el mes de octubre de 2024 cuando su familiar presentó las primeras lesiones de rascado, habiendo tenido que ponerle cuatro veces el tratamiento de escabiosis. Además, en Navidades, al salir su familiar de la residencia, contagió a otras personas del núcleo familiar. Añade que, en el mes de febrero de 2025 ante nuevos casos en la residencia, se puso en contacto con el Instituto de Salud Pública, donde le informaron que no se había declarado ningún caso de escabiosis de la Residencia Javier.

En el informe del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo se indica que el primer caso de la Residencia fue detectado en el mes de abril de 2024.

A la vista del tiempo transcurrido desde el primer caso, dado que según se indica en el informe remitido por el Departamento de Salud, ha habido un brote de al menos seis casos y dada la facilidad de transmisión de la enfermedad en un centro residencial, esta institución considera necesario sugerir al Departamento de Salud que continúe realizando un seguimiento de la situación sanitaria de la Residencia Javier, adoptando las medidas que sean precisas para erradicar cuanto antes el brote de escabiosis.

6. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

Sugerir al Departamento de Salud que continúe realizando un seguimiento de la situación sanitaria de la Residencia Javier, adoptando las medidas que sean precisas para erradicar el brote de escabiosis, lo antes posible.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Salud informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2025 que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

 

Patxi Vera Donazar

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