22 marzo 2022
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q22/178) por la que, a) se sugiere al Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, que modifique lo previsto en el anexo II del Decreto Foral 718/2003, de 29 diciembre, en lo que respecta a la equivalencia que contiene entre un crédito académico y diez horas lectivas, al haber podido quedar obsoleta, y poder producir resultados no acordes con el principio de mérito en los procedimientos selectivos de los Cuerpos de Policía de Navarra, y b) se sugiere al Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en lo que se refiere a la concreta valoración del autor de la queja, que, en tanto en cuanto este acredite el número de horas lectivas en la formación de que se trate, se puntúe en función de las mismas.Tema: La disconformidad del autor de la queja con la valoración de sus méritos en la convocatoria para el acceso a veinticuatro plazas de empleo de Subinspector o Subinspectora de la Policía Foral de Navarra