08 octubre 2020
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/887) por la que, a) se recuerda a) Recordar al Departamento de Educación el deber legal de resolver los recursos de alzada en el plazo máximo de tres meses legalmente establecido y b) se recomendar a dicho Departamento que, en el caso al que se refiere la queja, resuelva ya sin más dilación el recurso de alzada.Tema: La demora del Departamento de Educación en la resolución de un recurso de alzada interpuesto por el autor de la queja frente a las calificaciones definitivas de la oposición de Maestros de 2019.