16 septiembre 2020
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/869) por la que se recomienda al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, que no considere causa de denegación de la cédula de habitabilidad de la vivienda del interesado, por sí sola, la calificación de “no apto provisional” otorgada en el informe de evaluación del edificio donde se enclava dicha vivienda, sin perjuicio de la valoración que corresponda conforme al Decreto Foral 142/2004, de 22 de marzo, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Foral de Navarra.Tema: La falta de expedición de la cedula de habitabilidad de la vivienda que quiere vender el autor de la queja, porque el informe de evaluación del edificio es no apto.