2020 martxoa 17
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/312) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Ablitas el deber legal de contestar a la petición de información de la interesada, en relación con las circunstancias en las que se produjo la comunicación al Departamento de Educación de su situación laboral, con independencia del contenido de dicha contestación (inadmisión, desestimación o estimación total o parcial).Gaia: La falta de contestación del Ayuntamiento de Ablitas a las instancias presentadas por la autora de la queja en relación a las circunstancias en las que se produjo la comunicación al Departamento de Educación de su situación laboral, así como la baja de su hija de la escuela de música.