2019 urtarrila 29
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q18/925) por la que se recuerda al Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, el deber legal de oír a los interesados antes de adoptar actos desfavorables para ellos, así como de notificar las decisiones que afecten sus derechos e intereses legítimos, estimando que tal deber es aplicable al acto de exclusión al que se refiere la queja.Gaia: El desacuerdo del autor de la queja con la exclusión por el Departamento de Presidencia, Función pública, Interior y Justicia de las listas de formación en que se encontraban, al haberse acogido a una excedencia voluntaria, sin haber sido oído previamente y sin serle notificada ninguna resolución