2016 apirila 28
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q16/147) por la que se recomienda al Departamento de Educación que se dé contestación por escrito a las solicitudes de compatibilidad de horarios realizadas por profesores que impartan docencia universitaria. Asimismo se le recuerda que en las resoluciones que pongan fin al procedimiento, debe decidirse sobre todas las cuestiones planteadas por los interesados. De este modo, en el caso concreto de queja, el Servicio de Inspección Educativa debe entrar a valorar los horarios aprobados por el Director del Centro y los distintos criterios empleados para conceder la compatibilidad a unos y otros docentes.Gaia: La falta de contestación motivada por el Instituto Benjamin de Tudela y la posterior actuación del servicio de Inspección del Departamento de Educación, ante una solicitud de una profesora de compatibilidad para la impartición de docencia en la Universidad Pública de Navarra.